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Rige nueva fecha límite para inscripciones al Repro II: los requisitos.

Se establecieron nuevas pautas para los criterios de preselección en el programa.
Por medio de la Resolución 287/2022 en el Boletín Oficial, el Gobierno hizo oficial la nueva fecha límite para inscribirse al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II). Asimismo, fijó otras “pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder” a este beneficio. Mientras tanto, en el mismo documento, que cuenta con la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni, también se prorrogó el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en Sectores Críticos. En cuanto a la nueva fecha para inscribirse tanto al Repro II como al Programa de Asistencia de Emergencia cuyos salarios sean percibidos en marzo, va del 23 al 30 de este mes. Mientras tanto, los requisitos de preselección varían entre ambos. En el caso del Programa de Reactivación Productiva II, “los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)” son los de febrero de 2019 y 2022, salvo para las empresas “iniciadas a partir del 1° de enero de 2019″.
Por otro lado, el mes que se tomará para el Repro II como referencia de los salarios y para establecer la nómina del personal es el de febrero de 2022. A su vez, el 21 de marzo es la fecha de corte de actualización de bajas de nómina y de actualización de CBU. Para este beneficio, el periodo de referencia de pagos a acreditar va desde julio de 2021 a enero del 2022 para los autónomos, mientras que para los monotributistas va de agosto del año pasado hasta el pasado febrero. Asimismo, el corte de pago es hasta el 21 de marzo.
Fuente: puntobiz.com.ar
Autor: Redacción.
Fecha: 22/03/2022.